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PROPOSICIÓN NO DE LEY formulada por los Socialistas Vascos sobre Mobbing
B. O. del Parlamento Vasco de 30.11.2001 N.º 23 zk. 2001.11.30eko Eusko Legebiltzarraren
A. O. EUSKO LEGEBILTZARRA PARLAMENTO VASCO.
VII. legegintzaldia / VII Legislatura N.º 23 zk. 2001.11.30 / 30.11.2001

Sobre acoso moral en el trabajo. (Admisión a trámite) (07/11.02.01.0052)

 

La Mesa, en su reunión del día 27 de noviembre de 2001, acuerda admitir a trámite para su debate en comisión la PROPOSICIÓN NO DE LEY formulada por el Grupo Parlamentario Socialistas Vascos-Euskal Sozialistak, y ordena su remisión al Gobierno Vasco y a la Comisión Parlamentaria de Trabajo y Acción Social, y su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento Vasco.

Los grupos parlamentarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 160.2 del vigente Reglamento de la Cámara, podrán presentar dentro de los siete días hábiles siguientes al de esta publicación las enmiendas que consideren pertinentes, mediante escrito motivado y dirigido a la Mesa.

El Presidente del Parlamento Vasco,
Juan M.ª Atutxa Mendiola.

 

 

A la Mesa del Parlamento Vasco.

 

M.ª Teresa Rodríguez Barahona, parlamentaria del Grupo Socialistas Vascos-Euskal Sozialistak, al amparo del vigente Reglamento presenta la siguiente proposición no de ley para su debate en la Comisión de Trabajo y Acción Social, sobre acoso moral en el trabajo.

Justificación: El porcentaje de la población asalariada que sufre el denominado "acoso moral" (mobbing) comienza a ser preocupante, dadas las conclusiones, basadas en más de 21.500 entrevistas, que sobre el mercado laboral español ha expuesto recientemente la Fundación Europa para la Mejora de las Condiciones de Vida y Trabajo y la Encuesta Europea sobre Condiciones de Trabajo 2000 publicada por la OIT, que refleja que un 9% de la población asalariada de Finlandia, el Reino Unido, Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Suecia y Portugal padece esta práctica.

Las instituciones competentes en materia de salud y seguridad laboral definen esta patología de la conducta laboral como el ejercicio de violencia psicológica externa que se realiza por una o más personas sobre otra en el ámbito laboral, respecto a la cual existe una relación asimétrica de poder, de forma sistemática y prolongada en el tiempo (superior a seis meses).

Las formas en que se expresan estas prácticas son acciones contra el ejercicio de su trabajo, manipulación de la comunicación o la información de la persona agredida. La aparición de este fenómeno en las relaciones laborales se ve favorecida por la creencia de que un estilo de mando autoritario consigue una mayor rentabilidad, y/o también por las nuevas formas de organización del trabajo, que persiguen optimizar los resultados sin tener en cuenta el factor humano.

Las consecuencias de esta práctica afectan de manera negativa tanto a la persona que la sufre como a su entorno laboral y social, e incluso a la empresa en la que trabaja. La persona afectada padece daños en su salud (insomnio, ansiedad, estrés, depresión, dolencias psicosomáticas), con la consiguiente repercusión sobre el rendimiento laboral e incidencia en la siniestralidad laboral.

 

Por ello el Grupo Parlamentario Socialistas Vascos- Euskal Sozialistak presenta la presente

 

PROPOSICIÓN NO DE LEY

 

"1.- El Parlamento Vasco manifiesta su apoyo a la introducción de las reformas necesarias de nuestro ordenamiento jurídico y por ello insta al Gobierno central a que impulse las medidas precisas que definan, sancionen y regulen las prácticas de acoso moral en el ámbito laboral.

2.- El Parlamento Vasco insta al Gobierno Vasco a

a) Promover un programa de información y divulgación entre empresarios y trabajadores de los riesgos y consecuencias negativas para la salud que comporta el acoso moral en el trabajo, para que sea considerado como uno de los factores de riesgo de la organización del trabajo y de las relaciones laborales.

b) Difundir entre los facultativos de Osakidetza las consecuencias que origina esta tipología especial de estrés en el trabajo, para que puedan diagnosticarlo adecuadamente y aplicar el tratamiento idóneo.

c) En el ámbito de la Administración vasca, y de acuerdo con los representantes sindicales, se tendrá en cuenta, al evaluar los riesgos laborales, la posible existencia de esta patología de la conducta en el trabajo a efectos de su inclusión en los correspondientes planes de prevención y seguridad laboral".

 

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de noviembre de 2001.

 

María Teresa Rodríguez Barahona, parlamentaria del Grupo Socialistas Vascos.

Rodolfo Ares Taboada, portavoz.

 


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06.03.2003

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