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El
'mobbing', considerado accidente laboral por un juzgado de Jaén.
Una sentencia pionera emitida por un juez de Jaén reprocha el acoso
moral en el trabajo.
EFE 23.05.2002
Jaén
texto
de la sentencia (.doc) página
de CSI-CSIF
El juez de lo Social 4 de Jaén ha emitido una sentencia en la que estima
la demanda interpuesta por un funcionario de la Universidad de Jaén
(UJA) al que se le reconoce que el mobbing o acoso laboral debe ser
considerado como accidente de trabajo.
Según el texto de la sentencia, hecho público ayer por el sindicato
CSI-CSIF, el demandante A.B. decidió acudir a los tribunales después
de estar nueve meses de baja en los que no se le reconoció accidente
laboral, sino exclusivamente una incapacidad temporal por enfermedad
común.
La baja de este funcionario se produjo después de que los médicos le
reconocieran un "trastorno adaptativo con ansiedad" derivado de la situación
de acoso psicológico en el trabajo y hostigamiento laboral.
A la hora de dictar la sentencia, el juez asume el contenido del informe
de la Inspección de Trabajo en el que se afirma que "la situación laboral
en que se encuentra el empleado le está produciendo efectos perjudiciales
para su estabilidad emocional y psicológica".
El juez considera probado que el demandante ha desempeñado durante nueve
años seis puestos de trabajo diferentes en la estructura organizativa
de la UJA, ha sufrido restricciones en el uso y acceso a medios informáticos
y de comunicación, se le ha suprimido el complemento de productividad,
se le ha aislado de sus compañeros y se han difundido sobre él falsos
rumores.
Para el juez Jesús Martínez Almazán, "dichos comportamientos se ajustan
plenamente a la definición de mobbing", de ahí que en su fallo estime
que la incapacidad temporal del funcionario "deriva de contingencia
de accidente de trabajo con todas las consecuencias legales" que deberán
asumir la Universidad, la mutua FREMAP, el INSS y La Tesorería General
de la Seguridad Social.
El CSI-CSIF afirma en un comunicado que esta sentencia es la primera
que en Andalucía "reconoce el mobbing como causa de enfermedad profesional,
ya que hasta ahora sólo se conocían algunas sentencias similares en
el ámbito estatal".
La sentencia del juzgado coincide con la campaña contra el acoso laboral
que está llevando a cabo este sindicato en Jaén y que la próxima semana
se extenderá a toda Andalucía contra esta "detestable práctica, muy
habitual en la administración pública", según la nota.
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