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Condenan
a una empresa y su directivo por discriminar a empleadas con hijos.
Terra.es
Barcelona
19.09.2002
Un juez ha condenado por primera vez a una empresa y a su jefe de producción
por atentar contra la dignidad humana y discriminar a un grupo de madres
trabajadoras a las que rebajó de categoría y a las que dijo que eran
un "cáncer" para la firma por pedir la jornada reducida.
Fuentes judiciales han dicho que es la primera vez que se condena directamente
a un directivo de una empresa por un caso de acoso laboral ya que lo
habitual es que la condena recaiga sobre la compañía.
Indemnizaciones
El Juzgado de lo Social número 28 de Barcelona ha dictado una sentencia
en la que condena a la empresa de productos químicos Biosystems y a
su jefe de producción, Luis S.G., a indemnizar con 1.500 euros a cada
una de las cinco trabajadoras a las que discriminó. Las empleadas, dos
de las cuales han dejado el trabajo voluntariamente al no poder soportar
más la presión de su jefe, pidieron una indemnización simbólica ya que
su objetivo es que los tribunales les reconocieran su situación de discriminación,
según ha explicado el gabinete jurídico Ronda, que ha llevado este caso.
Lesión de la dignidad
La sentencia declara probado que el jefe de producción lesionó la dignidad
y la integridad física y moral de las cinco trabajadoras afectadas y
las discriminó por el simple hecho de ser madres y haber solicitado
la reducción de jornada.
Frases vergonzosas
El juez indica que el jefe de producción acosaba moralmente a estas
empleadas con frases e insultos como "estúpida, corta, no sirves para
nada" o que las madres con jornada reducida son el "cáncer de la empresa".
También las amenazaba con trasladarlas de puesto de trabajo, como así
hizo, y una de ellas le dijo si estaba en una "secta" por tener tres
hijos y a otra le comentó que tener dos hijos "es un atraso".
Una de las trabajadoras, E.G., que era jefa de sección de una unidad,
fue relevada de su cargo desde su embarazo y sustituida por un hombre,
mientras que otra trabajadora, M.T., también fue relevada por un hombre
al coger una baja por enfermedad.
Otra afectada, P.P.R., que trabajaba en una unidad de etiquetado, fue
trasladada a un departamento en el que trabajaba con sustancias "tóxicas"
tras quedarse embarazada por segunda vez.
En dos casos, según la sentencia, el citado jefe de producción vetó
el ascenso de las trabajadoras propuesto por otros jefes.
El directivo negó en todo momento un trato discriminatorio sobre las
empleadas y, según la sentencia, "sólo" reconoció que le gustaba la
gente cumplidora en su trabajo y que hablaba con un "volumen más alto
de lo normal", alegando que también es padre de una hija, aunque ya
tiene 14 años.
También alegó que empleó el término "cáncer" para aludir a la "baja
productividad" y no para criticar a las madres trabajadoras con jornada
reducida pero el juez le reprocha esta comparación, que dolió especialmente
a una de las trabajadoras pues su madre murió de esta enfermedad, y
le dice al acusado que "las personas no solemos emplear frases abstractas
para referirnos a problemas concretos" y "no cabe pensar que dijera
un tópico carente de sentido".
Un derecho legal
El juez cree que los cambios de puesto de trabajo de las empleadas obedecieron
a razones discriminatorias del acusado y recuerda la sentencia que "la
jornada reducida es un derecho legal".
La sentencia también recoge que el jefe de producción ejercía un excesivo
control sobre ellas, les daba órdenes contradictorias y confusas para
ponerlas en entredicho.
El resultado de esta presión fueron depresiones, llantos, crisis de
ansiedad, problemas digestivos, el insomnio y la irritabilidad de las
trabajadoras.
Por su parte, la empresa, según las mismas fuentes, no permite que el
acusado mande directamente en la actualidad sobre los empleados y ha
colocado a mandos intermedios.
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